Celiaquía: Alimentación sin gluten

Celiaquía: Alimentación sin gluten

La alimentación sin gluten debe seguirse durante toda la vida, siendo el único tratamiento actual para intolerancia al Gluten. Por el momento no hay alternativas de tratamiento. La dieta o alimentación sin gluten debe basarse en el consumo de productos naturales que no contienen gluten (legumbres, carnes, pescados, verduras. huevos, arroz, maíz, etc.).  Para más información revisá nuestro articulo: Qué es la celiaquía?

¿Alimentos con gluten? ¿Alimentos sin gluten?

Los alimentos pueden agruparse en:

  • Tienen gluten. No pueden consumirse.
  • Pueden tener gluten. Sólo pueden consumirse aquellos de los que se tiene certeza que son aptos, dependiendo del fabricante, etc.
  • No tienen gluten. Pueden consumirse.
Además, debemos tener en cuenta algunos aspectos importantes como la contaminación cruzada, el etiquetado y la lista de alimentos.

Contaminación Cruzada

Cualquier alimento que inicialmente es sin gluten puede contaminarse con otro que tenga (o pueda tener) gluten, y por lo tanto ya no podremos consumirlo.
Ejemplos de contaminación cruzada:
  • Después de tocar un alimento con gluten hay que lavarse las manos antes de tocar un alimento sin gluten.
  • Para freír en sartén, por supuesto por separado de los alimentos con gluten y con aceite limpio o que sólo se ha utilizado antes con alimentos sin gluten.
  • No cocer pasta sin gluten en la misma cazuela que la pasta de trigo, ni escurrirla en el mismo recipiente ni moverla con la misma cuchara.
  • No se utilizar el mismo cuchillo para cortar el pan de trigo y luego los productos sin gluten.
  • Si se echan picatostes en la ensalada, no sirve quitar los picatostes porque la ensalada ya está contaminada.
  • No se puede hacer un cocido con chorizo con gluten, y retirarlo después para el celiaco, porque todo el cocido estará contaminado.

Etiquetado

Los productos alimenticios ‘Libres de Gluten’ que se comercialicen en el país deben llevar, obligatoriamente impreso en sus envases o envoltorios, de modo claramente visible, el símbolo que figura a continuación y que consiste en un círculo con una barra cruzada sobre tres espigas y la leyenda “Sin T.A.C.C.” en la barra admitiendo dos variantes: (según Ley 26.588):
  Logos_Oficiales2
Los productos alimenticios “Libres de Gluten” podrán llevar, además del símbolo obligatorio, los símbolos facultativos que por la presente se reconocen y que figuran a continuación.
Logos_Asociaciones

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